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Mi hijo ha nacido en España. ¿Es español?

Entre las diversas formas de conseguir la tarjeta de residencia temporal en España, existe la figura del arraigo familiar, por la cual, si un padre extranjero tiene un hijo originariamente español, puede optar al permiso de residencia acreditando que el menor nacional está a su cargo.

Ahora bien, ¿Cuándo un hijo de extranjeros es español? Esta circunstancia se recoge en el art. 17.1.c del Código Civil “Los nacidos en España de padres extranjeros, si ambos carecieren de nacionalidad o si la legislación de ninguno de ellos atribuye al hijo una nacionalidad”. Así pues, para acreditar que se es español, los progenitores han de ser apátridas o estipularlo así la legislación de su país de origen, asignando una nacionalidad diversa a la de los padres para los hijos nacidos fuera del territorio nacional.

Así pues, no todos los nacidos en España tienen la condición de ciudadanos nacionales, si no que se tienen que dar ciertos factores para ello, dependiendo de la nacionalidad de los progenitores y de la legislación de su país de origen. Cuando el país del que proceden los padres, no reconoce como nacionales propios a los hijos de los anteriores, España les da la nacionalidad para que no se encuentren en un limbo jurídico, evitando que sean apátridas.

La nacionalidad por presunción se ha de instar por parte de los progenitores en el Registro Civil del lugar donde residan. Para saber qué países carecen de reconocimiento de los hijos de sus nacionales, hay que estar a lo referido al respecto en la Dirección General de los Registros y del Notariado, que publico una Instrucción reseñando una serie de países a los que les es de aplicación la ley española, recogiendo asimismo, mediante otra instrucción, los países que reconocían a los hijos de nacionales como suyos también.

Esta es la circunstancia que hay que tener en cuenta, dado que, si se trata de uno de los casos en que el estado no reconoce a los hijos de sus nacionales, se cumple el requisito para que ese menor consiga la nacionalidad española.

Una vez que se posea la misma, el progenitor o progenitores en situación irregular en el país, pueden optar a un permiso de arraigo familiar, por ser los cuidadores del menor nacional.

Lo óptimo para efectuar este tipo de solicitudes de la manera más rápida y económica posible, es contar con personal especializado y familiarizado con las tramitaciones de permisos de residencia y gestiones de índole internacional, para que dicha transacción se haga de la manera más eficiente posible.

Desde Luis Pérez & Asociados. Abogados le asesoraremos en todas estas cuestiones. Nuestro horario habitual es de lunes a jueves de 9 a 14 y de 16 a 19 y el viernes de 9 a 14, pudiendo consultar por medios telemáticos (aconsejable en el actual estado de cosas) o pedir cita para ser atendido en presencia.

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